jueves, mayo 13, 2010

¿Cómo dice? SICAV ¿Cómo? SICAV...y ¿eso qué es?


Para que cuando volváis a oir algo de las tan famosas e intocables SICAVs (sociedad de inversión de capital variable), podáis argumentar con propiedad o por lo menos, nos os la den con queso.
Voy a copiar un artículo de un compañero, Francisco de la Torre Díaz, Inspector de Hacienda y portavoz del colectivo. Me pareció muy interesante.
Vais a daros cuenta y os va a llamar la atención la OPACIDAD y el interés en que nada se sepa de ellas ni de sus partícipes. Mirad si están tan por encima de la Ley, que sólo son auditables por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
ESTÁN POR ENCIMA DE LA INSPECCIÓN TRIBUTARIA....lean y alucinen!!!

"(…) Para tener una opinión fundada sobre este tema es imprescindible conocer qué es teóricamente una SICAV, para qué se utiliza en la práctica y qué importancia económica tiene. Una SICAV, sociedad de inversión de capital variable, es –o mejor dicho, debería ser– una Institución de Inversión Colectiva, cuya finalidad es la inversión en los mercados financieros. Tiene requisitos mínimos de capital y, sobre todo, debe contar con 100 inversores como mínimo (por eso debería ser colectiva). Por esa razón, goza del régimen de instituciones de inversión colectiva: tributación al 1% y después al 18% sobre los dividendos o ganancias de capital cuando el inversor retira el dinero. Este es el mismo régimen fiscal que cualquier fondo de inversión, y muy similar a invertir de forma individual en bolsa, por ejemplo. (…)

La pregunta que inmediatamente le surgirá al lector es cómo se transforma una institución de inversión colectiva en gestión individual de carteras. La respuesta es sencilla: introduciendo 100 inversores, que realmente no invierten; teniendo el control absoluto una sola persona o, como mucho, un grupo familiar. En el argot financiero, a estos inversores ficticios se les conoce como mariachis. Se les llama así, parafraseando la ranchera: “Con dinero y sin dinero, yo hago siempre lo que quiero y mi palabra es la ley…”. Ante esta situación generalizada, la Inspección de Hacienda inició en 2005 un plan de control de estas entidades. En la casi totalidad de los casos, la Inspección consideró que la mayor parte de los inversores eran ficticios, y levantó acta, exigiendo la diferencia entre el 35% al que tributaban entonces las sociedades y el 1% que habían aplicado indebidamente.

El resultado de las inspecciones no pudo ser más desalentador: las Cortes Generales le quitaron la competencia del control fiscal de las SICAV a la Inspección de Hacienda, trasladándosela a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV). Posteriormente, el Tribunal Económico Administrativo Central fijó doctrina, considerando esa modificación retroactiva y anulando, en consecuencia, todas las Inspecciones. Desde ese momento, la CNMV nunca ha considerado que una SICAV no cumpla los requisitos".

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