jueves, noviembre 24, 2011

CONVIENE SABER: "La Cartita de Hacienda. ¿Qué hago?






Recibir una notificación de Hacienda suele ser algo pone los pelos de punta, no debería si estamos al tanto de nuestras obligaciones. No obstante hay quien toma la estrategia del avestruz pensando que ojos que no ven, corazón que no siente. De este modo piensan que al no firmar que han recibido la carta certificada la administración no seguirá adelante con su actuación.
Error, la Ley General Tributaria 58/2003 tiene previsto un régimen de notificaciones que regula las comunicaciones de Hacienda y tiene previsto un régimen en caso de que fallen las mismas. Es decir, no recibir las cartas de hacienda no implica que el procedimiento no siga adelante. Veamos el proceso de las notificaciones tributarias.



Según el artículo 110, las notificaciones de los procesos iniciados por el obligados fiscal se realizan en el lugar designado por el obligado tributario o su representante legal, en su defecto en el domicilio fiscal. En los procesos iniciados por la administración en el centro de trabajo, donde se lleve a cabo la actividad económica o cualquier otro adecuado para ese fin.
Tampoco vale que como excusa que digamos que otra persona recibió la comunicación tributaria y no nos la transmitió. Según el artículo 111 cualquier persona que se encuentre en el domicilio fiscal o en el lugar y haga constar su identidad puede recogerlo. También los empleados de la comunidad de propietarios pueden recoger las notificaciones.

Finalmente el artículo 112 dice que cuando se intenten dos veces sin éxito por causas imputables a la administración o un solo intento si el destinatario consta como desconocido en dicho domicilio o lugar, se harán constar en el expediente las circunstancias de la notificación.
Entonces se citará al obligado o su representante mediante un anuncio que se publicará una sola vez para cada interesado en el Boletín Oficial del Estado o en los boletines oficiales de las comunidades autónomas o en los de la provincia (dependiendo de la administración que pretende notificar y el ámbito del órgano que lo dicte). La publicación en el boletín correspondiente se realizará entre el día 5 y el 20 de cada mes o en su caso el día hábil inmediatamente posterior.

Si el obligado o su representante no apareciera en los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio, la notificación se entenderá efectuada a todos los efectos desde el día siguiente al vencimiento del plazo.

Con la nueva Ley de Economía Sostenible, este sistema cambió, de forma que el anuncio se publica en la sede digital de la Agencia Tributaria según indica el artículo 49. De este modo, el obligado tributario tiene más visibilidad. Es cierto que la ley es polémica, pero la polémica no se centra en este artículo.
Es decir, no vale la excusa de lo recogió el portero de mi edificio y no me lo dio o no lo recibí.

Si la notificación no consigue realizarse a tiempo se publicará en el boletín correspondiente (o en la web) y la administración considerará que ya se nos ha citado.

Algo que hay que tener en cuenta, es que la notificación no implica que la persona defraude hacienda. Por tanto si vemos el nombre de un conocido en el BOE (o en la página web una vez se apruebe la ley), no significa que esta persona esté faltando a sus obligaciones fiscales.

Por último, debemos añadir que el cambio de domicilio fiscal (cuando nos mudamos), los empresarios y personas jurídicas han de hacerlo en un mes y las personas jurídicas en tres. Estos plazos se calculan desde la realización del cambio. El no hacerlo se considera una infracción leve y tiene una sanción de 100€.
Lo mejor si queremos evitar problemas en el futuro, con la visibilidad que da que nuestro nombre esté requerido por la Agencia Tributaria por no poder entregarnos una notificación, es recoger las cartas de Hacienda.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Entrada destacada

“Palo y zanahoria” VS. “Sobreprotección infantil”

Volvamos unos cuantos años atrás viajando por el tiempo. Justo a la época en la que estás jugando con tus compañeros de quinto de Educaci...